Ley de Economía del Conocimiento: qué beneficios ofrece

Tras ocho meses desde su ingreso a la Cámara de Diputados, finalmente se promulgó la Ley de Economía del Conocimiento. La Ley 27.570 – sancionada el 8 de octubre pasado a través del Decreto 818/2020 – busca incentivar la generación de nuevos emprendimientos e impulsar mejoras de los servicios que brindan empresas de tecnología mediante la promoción de beneficios fiscales que se otorgarán en forma segmentada y que serán extensivos hasta finales de 2029.

Como informa Télam, las actividades comprendidas son la industria del software; la producción audiovisual en formato digital; la biotecnología, bioinformática e ingeniería genética; nanotecnología y nanociencia; industria aeroespacial y satelital; e ingeniería para la industria nuclear. Se podrán adherir las empresas constituidas en la Argentina o habilitadas a trabajar en el país.

Cabe remarcar que la Cámara de la Industria Argentina del Software (CESSI) le había solicitado al Senado que aprobara la normativa para evitar una pérdida masiva de puestos de trabajo y de facturación.

Estas empresas podrán gozar de los beneficios si acreditan que el 70% de su facturación total del último año se generó a partir de las actividades promovidas (en el caso de emprendimientos nuevos deberán acreditar fehacientemente el desarrollo de las actividades alcanzadas por la normativa). También deberán reunir dos de los siguientes requisitos:

  • Proceso de calidad: normas de calidad o mejoras de procesos.
  • Investigación y desarrollo: 1% para micro, 2% pequeñas y medianas, 3% para empresas grandes.
  • Capacitación del personal: 3% de la masa salarial para micropymes, 5% para pequeñas y medianas y 8% de las grandes empresas.
  • Exportaciones: 4% de la facturación total deberá ser exportada por las micropymes, 10% para pequeñas y medianas empresas y 13% de la facturación para grandes.

BENEFICIOS IMPOSITIVOS

Las empresas podrán convertir en un bono de crédito fiscal intransferible hasta el 70% las contribuciones patronales que hayan efectivamente pagado con destino a los sistemas y subsistemas de la Seguridad Social, respecto de los empleados.

Este bono será intransferible y podrá ser utilizado por 24 meses para la cancelación de tributos nacionales. El beneficio ascenderá al 80% de las contribuciones patronales si se incorpora al equipo de trabajo a profesionales con estudios de posgrado en materia de ingeniería, ciencias exactas o naturales. También a mujeres, a personas con discapacidad, travestis, transexuales, transgénero o a quienes residan en zonas desfavorables.

Como detalla SMS, los beneficiarios de la presente ley tendrán una reducción del impuesto a las Ganancias que será del 60% para las micro y pequeñas empresas; del 40% para las medianas (tramo I y tramo II), y del 20% para las grandes. El proyecto establecía el 60% para todas.

También habrá un alivio fiscal para los exportadores, ya que se permitirá computar los pagos análogos realizados en el exterior como gasto deducible para la base del impuesto generado en Argentina.

Según estipula el artículo 18, se crea el Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC), que se conformará como un fideicomiso. El objetivo será financiar actividades de capacitación y formación, apoyar inversiones productivas, financiar capital de trabajo, entre otros (revisar).

Las empresas que hoy se encuentran en el registro de empresas promovidas por la ley de Software tendrán que manifestar la adhesión a la presente ley de software y podrán gozar de los beneficios desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2029. La estabilidad fiscal sólo será respecto a las actividades promovidas y por los beneficios que otorga la ley. La inscripción en el registro deberán revalidarla cada dos años.